Respuesta directa: La fe de vida (o certificado de supervivencia) es el documento que acredita que una persona sigue con vida. En el Perú lo emite un notario público y, donde no hay notaría, un juez de paz; si vives en el extranjero, lo tramita el consulado peruano. El RENIEC no emite la fe de vida: se encarga del DNI y de las actas de defunción.
Si eres pensionista de la ONP, de una AFP o cobras una pensión desde el exterior, en algún momento te pedirán demostrar que sigues con vida para seguir pagándote. A ese trámite se le llama fe de vida, constancia de supervivencia o certificado de supervivencia, y es, en el fondo, lo contrario de un acta de defunción: en lugar de registrar un fallecimiento, deja constancia de que la persona está viva. En esta guía te explicamos quién lo emite, para qué sirve realmente y cómo obtenerlo paso a paso, con datos verificados al 2026.
¿Qué es la fe de vida y para qué sirve?
La fe de vida es una certificación que acredita, ante terceros, que una persona se encuentra con vida para poder ejercer sus derechos. Su uso más habitual es en materia de pensiones: la exigen entidades pagadoras como la ONP, las AFP y organismos de pensiones del extranjero para confirmar que el titular sigue vivo antes de seguir abonando la pensión. También se usa para trámites en el exterior y ante instituciones privadas que necesiten esa constancia.
Un matiz importante para pensionistas en el Perú. Desde el Decreto Legislativo N.° 1246, en los trámites internos de pensiones a cargo del Estado (por ejemplo, la ONP) está prohibido exigir el certificado o constancia de supervivencia. Las entidades deben verificar por sí mismas que la persona está viva cruzando información con la base de datos del RENIEC, sin costo para el ciudadano. En la práctica, esto significa que muchos pensionistas que viven en el Perú ya no necesitan presentar la fe de vida en ventanilla para cobrar su pensión nacional. La fe de vida sigue siendo clave sobre todo cuando cobras la pensión desde el extranjero o cuando una entidad privada u organismo foráneo te la pide expresamente.
¿Quién emite la fe de vida en el Perú?
- Notario público: es la vía principal. La “constatación de supervivencia” es una certificación notarial extraprotocolar, prevista en el Decreto Legislativo N.° 1049 (Ley del Notariado).
- Juez de paz: en localidades donde no hay notario, el juez de paz cumple funciones notariales y puede expedir la constancia de supervivencia de personas que puede verificar directamente.
- Consulado peruano: si resides fuera del país, el consulado que te corresponde emite el certificado consular de supervivencia para que sigas cobrando tu pensión en el Perú.
- El RENIEC NO la emite. El RENIEC administra el DNI y registra las actas de defunción (el registro opuesto). No expide fe de vida; lo que sí hace es servir de base para que las entidades verifiquen supervivencia por cruce de datos.
Ten en cuenta que algunas municipalidades ofrecen constancias de residencia o de convivencia, pero la constancia de supervivencia con valor de fe de vida es competencia del notario, del juez de paz o del consulado, no de la municipalidad.
Requisitos para obtener la fe de vida
- Presencia del titular: el interesado debe comparecer personalmente ante el notario, el juez de paz o el funcionario consular.
- DNI vigente (o documento oficial de identidad; en el caso de extranjeros, su documento de identidad correspondiente).
- Verificación de identidad: el notario puede realizar verificación biométrica para nacionales o verificación con la base de Migraciones para extranjeros. Suele tomarse también firma y huella dactilar.
- Casos especiales: si el titular es menor de edad o está imposibilitado, la solicitud la formula su apoderado o representante legal. Consulta a la notaría por la documentación adicional (poder, entre otros).
- Desde el extranjero: ante el consulado te identificas y estampas firma y huella dactilar en el certificado; el documento se entrega de inmediato.
Los requisitos son referenciales: tras revisar tu documentación, la notaría o el consulado pueden pedirte documentos adicionales según tu situación.
Cómo obtener la fe de vida paso a paso
Ante notario o juez de paz (en el Perú)
- Ubica una notaría cercana (o, si en tu localidad no hay notario, al juez de paz).
- Acude en persona con tu DNI vigente.
- El notario verifica tu identidad (verificación biométrica) y toma tu firma y huella dactilar.
- Recibes la constatación de supervivencia en papel notarial.
- Presenta o envía el documento a la entidad que te lo solicitó, por el canal que tenga habilitado.
Desde el extranjero (consulado peruano)
- Identifica el consulado peruano que corresponde a tu lugar de residencia y revisa si necesitas cita previa.
- Acude con tu documento de identidad.
- Ante el funcionario consular, te identificas y estampas tu firma y huella dactilar en el certificado.
- Recibes el certificado consular de supervivencia de manera inmediata.
- Envíalo a tu entidad pagadora en el Perú (ONP, AFP o caja de pensiones) por el canal físico o digital que tengan habilitado.
Si vives en un país con convenio de seguridad social (como España, Chile o Argentina), es posible que la propia entidad de seguridad social local realice la prueba de supervivencia y la remita directamente a la entidad peruana, reduciendo trámites y costos. Consulta tu caso con tu entidad pagadora.
Costos y plazos (referenciales)
| Vía | Costo | Plazo de entrega |
|---|---|---|
| Notario público | Variable según la notaría (consulta el arancel directamente) | Generalmente el mismo día |
| Juez de paz | Según el cuadro de aranceles aplicable | El mismo día, según disponibilidad |
| Consulado peruano | 1 Sol Consular para pensionistas de la ONP y de las Cajas de Pensiones Militar y Policial | Inmediato |
| Verificación interna ONP (cruce con RENIEC) | Sin costo para el ciudadano | Automático, sin trámite presencial |
Los costos notariales varían de una notaría a otra, así que tómalos como referenciales y confirma la tarifa exacta en la propia notaría antes de acudir. Nunca pagues un monto “por adelantado” a intermediarios que ofrezcan gestionar la fe de vida por ti.
Cuidado: cobrar la pensión de un fallecido es delito
El sentido de la fe de vida es evitar que se sigan pagando pensiones de personas que ya fallecieron. Seguir cobrando la pensión de un familiar fallecido no es un descuido menor: es un delito que puede acarrear la obligación de devolver el dinero y responsabilidad penal. Si un ser querido falleció, lo correcto es informar a la entidad pagadora, tramitar el acta de defunción y, de corresponder, iniciar la sucesión intestada. Puedes revisar en detalle por qué cobrar la pensión de un fallecido de la ONP es delito y qué hacer con la cuenta bancaria de una persona fallecida.
Si el fallecimiento ocurrió fuera del país, revisa además cómo inscribir la partida de defunción del extranjero para dejar todo en regla.
Enlaces oficiales
- Oficina de Normalización Previsional (ONP): gob.pe/onp
- Certificado consular de supervivencia (RREE): gob.pe/82737
- Cobrar pensión en el extranjero (ONP): gob.pe/10299
Para gestiones digitales conviene tener a la mano tu DNI electrónico, que facilita muchos trámites en línea.
¿Qué es la fe de vida?
Es una certificación que acredita que una persona sigue con vida para ejercer sus derechos. También se le llama constancia o certificado de supervivencia y la exigen entidades de pensiones como la ONP, las AFP y organismos del extranjero.
¿Quién emite la fe de vida en el Perú?
Principalmente el notario público, mediante una certificación notarial extraprotocolar. Donde no hay notario, la emite el juez de paz. Si vives en el extranjero, la tramita el consulado peruano que te corresponde.
¿El RENIEC emite la fe de vida?
No. El RENIEC administra el DNI y registra las actas de defunción, no expide fe de vida. Lo que sí hace es servir de base para que las entidades verifiquen la supervivencia cruzando datos, sin costo para el ciudadano.
¿Un pensionista de la ONP en el Perú necesita presentar fe de vida?
En general, no. Desde el Decreto Legislativo 1246 está prohibido exigir el certificado de supervivencia en los trámites de pensiones a cargo del Estado; la ONP verifica la supervivencia cruzando información con el RENIEC. La fe de vida es clave sobre todo para quienes cobran desde el extranjero.
¿Cómo saco la fe de vida si vivo en el extranjero?
Acude al consulado peruano de tu zona con tu documento de identidad, identifícate y estampa tu firma y huella dactilar en el certificado. Se entrega de inmediato. Luego envíalo a tu entidad pagadora en el Perú por el canal habilitado.
¿Cuánto cuesta la fe de vida?
Ante notario el costo es variable según cada notaría, así que conviene consultarlo directamente. En el consulado, para pensionistas de la ONP y de las Cajas de Pensiones Militar y Policial el costo es de 1 Sol Consular. La verificación interna de la ONP no tiene costo.
Última actualización: 3 de julio de 2026
Revisado por: Mariana Torres Alvarado (redactora especializada en trámites peruanos)
Aviso: esta información es orientativa y puede cambiar. Verifica siempre los requisitos, costos y plazos con la notaría, el consulado o la entidad pagadora correspondiente, y consulta los portales oficiales antes de realizar cualquier trámite.

