Registrar a tu hijo siendo madre soltera en Perú es un trámite gratuito y directo: puedes inscribir el nacimiento sin la firma ni el consentimiento del padre. Aquí te explicamos, paso a paso, los requisitos, los plazos y qué ocurre con los apellidos y la filiación paterna.
Respuesta rápida: si eres madre soltera, puedes inscribir el nacimiento de tu hijo sola en la RENIEC u OREC, sin la firma ni el consentimiento del padre. Presenta tu DNI y el Certificado de Nacido Vivo dentro de los 60 días calendario. El niño llevará tus dos apellidos y la primera acta de nacimiento es gratuita.
Requisitos para inscribir el nacimiento como madre soltera
Para inscribir a tu hijo por primera vez, sin necesidad de la presencia del padre, necesitas reunir estos requisitos:
- Certificado de Nacido Vivo (CNV). Lo emite de forma gratuita el médico u obstetra del establecimiento donde nació tu bebé (MINSA, EsSalud, clínica privada o partera reconocida). Es el documento que acredita el nacimiento; no lo confundas con la partida, que recién se genera al inscribirlo. Si aún no lo tienes, revisa cómo obtener el Certificado de Nacido Vivo.
- Tu DNI vigente como madre declarante.
- Plazo de inscripción ordinaria: 60 días calendario desde el nacimiento. En zonas de difícil acceso o comunidades nativas el plazo se amplía a 90 días. Pasado ese plazo aún puedes inscribirlo mediante la inscripción extraordinaria, que también es gratuita.
- No se exige la firma ni el consentimiento del padre. La inscripción procede solo con tus datos. La primera copia certificada del acta de nacimiento se entrega gratis en el momento del registro.
Si el niño o niña no nació en el Perú, revisa cómo registrar en la RENIEC a hijos de peruanos nacidos en el extranjero.
Cómo registrar a tu hijo como madre soltera, paso a paso
La inscripción del nacimiento se hace en la RENIEC o en la Oficina de Registro del Estado Civil (OREC) de la municipalidad, según tu localidad. Este es el procedimiento:
- Reúne el Certificado de Nacido Vivo y tu DNI vigente.
- Acude a la oficina registral de la RENIEC o a la OREC de tu municipalidad. Hazlo, de preferencia, dentro de los 60 días calendario posteriores al nacimiento.
- Entrega los documentos al registrador y declara los datos del bebé (nombres, fecha y lugar de nacimiento). Estos datos son los que aparecerán en la partida de nacimiento. Si decides inscribirlo solo con tus datos, el niño llevará tus dos apellidos.
- El registrador verifica la información e inscribe el nacimiento. Te entregará la primera acta de nacimiento gratuita, que es el documento oficial de identidad del menor.
- Con el acta ya puedes tramitar el DNI de tu recién nacido en cualquier oficina de la RENIEC.
Si más adelante detectas un error en los nombres o datos, puedes rectificar la partida de nacimiento. Para conocer el trámite general del recién nacido, consulta también nuestra guía sobre cómo registrar a un recién nacido en el Perú.

Apellidos y filiación: qué apellidos lleva tu hijo
Todo hijo tiene derecho a llevar los apellidos de sus progenitores. Cuando inscribes tú sola el nacimiento, el niño lleva tus dos apellidos. Según la interpretación del Tribunal Constitucional sobre el artículo 20 del Código Civil, no existe un orden obligatorio de preferencia entre apellido paterno y materno, de modo que los progenitores pueden decidir el orden.
Consignar el apellido del presunto padre (Ley 28720)
La Ley 28720, que modificó los artículos 20 y 21 del Código Civil, permite que la madre (o el padre) que inscribe por separado el nacimiento de un hijo extramatrimonial pueda revelar el nombre del presunto progenitor y consignar su apellido en el acta. Ahora bien, hay un matiz clave:
- Consignar el apellido del presunto padre no establece, por sí solo, el vínculo de filiación: el niño lleva ese apellido, pero legalmente el padre aún no queda reconocido.
- Tras la inscripción, el registrador debe notificar al presunto progenitor dentro del plazo que prevé la norma (30 días).
- El presunto padre que se considere afectado puede cuestionar la inclusión de su nombre (proceso de usurpación de nombre).
Esto es distinto del reconocimiento voluntario: cuando el padre acude y firma el reconocimiento, sí queda establecida la filiación con todos sus efectos (apellido, alimentos, herencia).
Si el padre se niega a reconocer: filiación judicial (Ley 28457)
Cuando el padre no quiere reconocer al hijo, la madre puede iniciar una demanda de filiación judicial de paternidad extramatrimonial, regulada por la Ley 28457. En líneas generales:
- Se presenta ante un Juez de Paz Letrado y la parte demandante está exonerada del pago de tasas judiciales.
- Si el demandado no formula oposición dentro de los 10 días de notificado, el mandato se convierte en declaración judicial de paternidad.
- La oposición solo suspende el mandato si el demandado se compromete a realizarse la prueba de ADN. Si el resultado es positivo, debe reintegrar el costo de la prueba.
- En el mismo proceso puede acumularse la pretensión de alimentos a favor del menor.
Los plazos y detalles del proceso pueden variar según el caso; para tu situación concreta conviene asesorarte con un abogado o con un consultorio jurídico gratuito.
Resumen del trámite
| Trámite | Dónde | Coste | Plazo |
|---|---|---|---|
| Certificado de Nacido Vivo (CNV) | Establecimiento de salud (MINSA, EsSalud, clínica) | Gratuito | Al momento del parto |
| Inscripción del nacimiento | RENIEC u OREC de la municipalidad | Gratuita (incluye la 1.ª acta) | 60 días calendario (90 en zonas de difícil acceso) |
| Copias certificadas adicionales del acta | RENIEC / plataforma en línea | Consulta la tarifa vigente | Inmediato / según canal |
| DNI del menor | Oficina RENIEC | Consulta la tarifa vigente | Tras la inscripción |
| Filiación judicial (padre no reconoce) | Juzgado de Paz Letrado | Exonerado de tasas judiciales | Según proceso |
Enlaces oficiales
- Trámites para el recién nacido — Plataforma del Estado Peruano (gob.pe)
- RENIEC — Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (reniec.gob.pe)
- Certificado de Nacido Vivo en línea — MINSA
Nacimientos y registros: guías y tutoriales
Cuando llega un nuevo miembro de la familia hay que hacer varios trámites y no todos son fáciles de comprender. Con nuestras guías lo tienes todo a mano y explicado de forma sencilla:
Esperamos que esta guía sobre cómo registrar a un hijo como madre soltera en Perú, sin el consentimiento, la presencia o la firma del padre, te haya sido de ayuda. Déjanos un comentario si crees que nos hemos dejado algo y comparte el artículo con otras mamás que lo necesiten.
Última actualización: 9 de julio de 2026 · Revisado por: Mariana Torres Alvarado (redactora especializada en trámites peruanos). Este contenido es orientativo y no sustituye la asesoría legal ni la información oficial de la RENIEC.
Preguntas frecuentes
¿Cómo puedo registrar a mi bebé si el papá no está?
Puedes inscribir el nacimiento sin la presencia ni la firma del padre. Solo necesitas tu DNI vigente y el Certificado de Nacido Vivo, y acudir a una oficina de la RENIEC o a la OREC de tu municipalidad. El trámite se completa únicamente con tus datos.
¿Qué apellidos lleva un hijo inscrito solo por la madre?
Si inscribes al niño solo con tus datos, llevará tus dos apellidos. Según la interpretación del Tribunal Constitucional del artículo 20 del Código Civil, no hay un orden de preferencia obligatorio entre apellidos.
¿Puedo poner el apellido del padre aunque él no esté presente?
Sí. La Ley 28720 permite consignar el apellido del presunto padre al inscribir el nacimiento. Sin embargo, esto no establece por sí solo el vínculo de filiación: el registrador notificará al presunto padre y este puede cuestionar la inclusión de su nombre. Para que la paternidad quede reconocida legalmente hace falta el reconocimiento voluntario o una filiación judicial.
¿Puedo registrar a mi hijo como madre soltera estando casada?
Sí. Puedes inscribir a tu hijo solo con tus datos incluso si estás casada, por ejemplo cuando el padre biológico no es tu cónyuge o no desea reconocer al menor. En estos casos pueden aplicarse reglas de presunción de paternidad, por lo que conviene consultar tu caso concreto en la RENIEC.
¿Cuánto cuesta y cuánto plazo tengo para inscribir el nacimiento?
La inscripción del nacimiento es gratuita e incluye la primera acta de nacimiento sin costo. El plazo ordinario es de 60 días calendario (90 días en zonas de difícil acceso). Pasado ese plazo, la inscripción extraordinaria también es gratuita.
¿Qué hago si el padre se niega a reconocer a mi hijo?
Puedes iniciar una demanda de filiación judicial de paternidad extramatrimonial (Ley 28457) ante un Juez de Paz Letrado, sin pago de tasas judiciales. Si el demandado no se opone en 10 días, el mandato se convierte en declaración de paternidad; si se opone, deberá someterse a la prueba de ADN. En el mismo proceso puede pedirse una pensión de alimentos.







