El subsidio por maternidad del EsSalud es uno de los beneficios más importantes para las trabajadoras aseguradas en el Perú: reemplaza tu sueldo mientras estás de descanso por el nacimiento de tu bebé. En esta guía verificada con fuentes oficiales te explicamos cuántos días cubre, cómo se calcula el monto, qué requisitos debes cumplir y cómo hacer el trámite en 2026.
En resumen: el subsidio por maternidad de EsSalud es un pago que reemplaza tu sueldo durante el descanso pre y postnatal: 98 días (49 antes y 49 después del parto), ampliables a 128 días por parto múltiple o hijo con discapacidad. Se calcula con el promedio de tus remuneraciones de los últimos 12 meses y lo cobra la asegurada titular (o su empleador, según el régimen).
¿Qué es el subsidio por maternidad?
Según EsSalud, el subsidio por maternidad es el monto en dinero al que tienen derecho las aseguradas titulares en actividad para resarcir el lucro cesante (el sueldo que dejan de percibir) como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades del cuidado del recién nacido. Su base legal son la Ley 26644, la Ley 30367 y el Decreto Supremo 013-2019-TR.
En pocas palabras: mientras dura tu descanso por maternidad, EsSalud (o tu empleador, que luego pide el reembolso) te paga un subsidio equivalente a tu remuneración, para que puedas dedicarte a tu bebé sin perder tus ingresos.
¿Subsidio por maternidad y lactancia son lo mismo?
No. El subsidio por maternidad compensa la pérdida de ingresos durante el descanso pre y postnatal. En cambio, el subsidio por lactancia es un pago único destinado a cubrir los gastos de alimentación del recién nacido. Son beneficios distintos y, si cumples los requisitos de cada uno, puedes recibir ambos.

Requisitos para el subsidio por maternidad (verificados)
Para acceder al subsidio por maternidad de EsSalud como asegurada regular debes cumplir estas condiciones:
- Ser asegurada titular en actividad de EsSalud.
- Contar con tres (3) meses de aportaciones consecutivos, o cuatro (4) no consecutivos, dentro de los seis (6) meses calendario anteriores al mes en que se inicia el goce del subsidio.
- Tener vínculo laboral vigente al inicio y durante todo el periodo del subsidio.
- Haber tenido vínculo laboral en el mes de la concepción.
- Contar con el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) que sustente los 98 días de descanso por maternidad.
Nota: las aseguradas de régimen especial y la pescadora y procesadora pesquera artesanal independiente deben haber pagado el aporte del mes de la concepción antes de presentar la solicitud.
Documentación necesaria
- Formulario 1040 (Solicitud de prestaciones económicas de EsSalud), debidamente llenado y firmado.
- CITT que sustente los 98 días de descanso por maternidad.
- DNI original de la madre (el DNI del bebé no es necesario para este trámite).
- Si es la primera vez que solicitas una prestación económica: aceptación de la política de privacidad para el tratamiento de datos personales de EsSalud.
- Si el trámite lo hace un tercero: su DNI y una carta poder simple firmada por la asegurada.
¿Cómo solicitar el subsidio por maternidad? Paso a paso
- Obtén tu CITT. Con tu certificado médico de descanso, valida y tramita el CITT que respalde los 98 días de licencia.
- Reúne la documentación indicada en el apartado anterior (Formulario 1040, CITT, DNI, etc.).
- Presenta la solicitud. Puedes hacerlo de forma presencial en una Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE) de EsSalud, o de manera virtual a través de la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA).
- Espera la evaluación. EsSalud califica tu solicitud. Si no se resuelve al momento, te devuelven el formulario con un número de NIT para hacer seguimiento.
- Cobra el subsidio. Una vez aprobado, el pago se realiza en dos armadas (ver tabla). Si eres asegurada regular, normalmente tu empleador te paga el subsidio y luego solicita el reembolso a EsSalud.

Montos, días y plazos del subsidio por maternidad
| Concepto | Detalle (2026) |
|---|---|
| Duración del descanso | 98 días: 49 días prenatales + 49 días postnatales |
| Ampliación | +30 días (total 128 días) por parto múltiple o hijo con discapacidad |
| Cálculo del monto | Suma de las 12 últimas remuneraciones ÷ 360 × número de días subsidiados (DS 013-2019-TR) |
| Diferimiento del inicio | La madre puede posponer el inicio del descanso prenatal con autorización del médico tratante |
| Forma de pago | 1.ª armada al término de los primeros 49 días; 2.ª armada al vencimiento de los 98 (o 128) días |
| Plazo para solicitar (prescripción) | 6 meses desde el fin del periodo máximo postparto o del término del CITT; +30 días si hay parto múltiple o discapacidad |
| ¿Quién lo cobra? | La asegurada titular. En el régimen regular, el empleador paga y luego pide el reembolso a EsSalud |
¿Cómo se calcula el monto del subsidio?
El monto se calcula con la fórmula del Decreto Supremo 013-2019-TR: se suman las 12 últimas remuneraciones anteriores al inicio del descanso, se dividen entre 360 para obtener la remuneración diaria y se multiplica por el número de días subsidiados. En términos prácticos, el subsidio equivale a tu promedio de ingresos de los últimos 12 meses por cada día de licencia.
Diferencia con el subsidio por incapacidad temporal
No confundas ambos beneficios. El subsidio por incapacidad temporal se otorga cuando el asegurado no puede trabajar por enfermedad o accidente; en el régimen regular, el empleador asume los primeros 20 días de incapacidad y EsSalud subsidia a partir del día 21. El subsidio por maternidad cubre los 98 días de descanso pre y postnatal sin ese periodo inicial a cargo del empleador y responde a reglas propias.
Enlaces oficiales
- EsSalud — Subsidio por maternidad: essalud.gob.pe/maternidad
- Plataforma del Estado Peruano — Requisitos: gob.pe (ficha 53164)
- Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA): viva.essalud.gob.pe
Trámites relacionados con el nacimiento
¿Ha llegado un nuevo integrante a la familia? Estos trámites te serán útiles junto con el subsidio:
- Certificado de nacido vivo: el primer documento que acredita el nacimiento.
- Registrar al recién nacido ante la RENIEC o la municipalidad.
- Partida de nacimiento: cómo obtenerla y para qué la necesitas.
- DNI del recién nacido: el documento de identidad de tu bebé.
- Subsidio por lactancia: el beneficio adicional que puedes cobrar.
Última actualización: 9 de julio de 2026 · Revisado por: Mariana Torres Alvarado (redactora especializada en trámites peruanos).
Esta guía tiene carácter orientativo. Los requisitos, montos y plazos pueden variar; antes de iniciar tu trámite verifica siempre la información en los canales oficiales de EsSalud (essalud.gob.pe) y del Estado Peruano (gob.pe).
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días cubre el subsidio por maternidad?
Cubre 98 días de descanso: 49 prenatales y 49 postnatales. En caso de parto múltiple o de un hijo con discapacidad, se amplía en 30 días adicionales, llegando a 128 días. La madre puede diferir el inicio del descanso prenatal con autorización de su médico tratante.
¿Cómo se calcula el monto del subsidio por maternidad?
Se aplica la fórmula del DS 013-2019-TR: se suman las 12 últimas remuneraciones anteriores al descanso, se dividen entre 360 y el resultado (la remuneración diaria) se multiplica por el número de días subsidiados. Así, el subsidio equivale a tu promedio de ingresos de los últimos 12 meses por cada día de licencia.
¿Qué requisitos de aportación debo cumplir?
Debes tener 3 meses de aportaciones consecutivos o 4 no consecutivos dentro de los 6 meses calendario anteriores al mes en que inicia el subsidio, además de vínculo laboral vigente al inicio y durante el periodo, y haber tenido vínculo laboral en el mes de la concepción.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el subsidio?
El plazo de prescripción es de 6 meses contados desde el fin del periodo máximo postparto o desde el término del periodo consignado en el CITT. En caso de nacimiento múltiple o hijo con discapacidad, hay una extensión de 30 días adicionales a esos 6 meses.
¿Quién cobra el subsidio: la trabajadora o el empleador?
La asegurada titular lo cobra directamente en varios regímenes (sector público, agraria independiente, trabajadora del hogar, construcción civil, entre otros). En el régimen regular, el empleador paga el subsidio a la trabajadora en la misma forma que su remuneración y luego solicita el reembolso a EsSalud.
¿Cómo se paga el subsidio por maternidad?
Se paga en dos armadas: la primera al término de los primeros 49 días y la segunda al vencimiento de los 98 días (o 128 días si hubo ampliación). El pago total se completa al vencimiento del periodo de maternidad.










