Respuesta directa: Un hijo de peruano nacido en el extranjero se registra en el consulado del Perú (Registro Civil consular, que RENIEC reconoce) o, si no se hizo allí, luego en RENIEC presentando la partida de nacimiento extranjera apostillada y traducida al español. Así obtiene la nacionalidad peruana por ius sanguinis y puede tramitar su DNI.
Si tu hijo nació fuera del Perú y quieres que sea reconocido como peruano, este trámite es el que necesitas. La nacionalidad se transmite por filiación (basta que el padre o la madre sea peruano), pero no es automática: hay que inscribir el nacimiento. En esta guía te explicamos, paso a paso y con datos oficiales de 2026, cómo hacerlo y qué documentos preparar.
¿Dónde se registra: en el consulado o en RENIEC?
Hay dos caminos, y elegir el correcto te ahorra tiempo:
- En el consulado peruano (lo más común). Mientras el menor viva en el extranjero, su nacimiento se inscribe en la oficina consular del Perú más cercana. Ese registro consular es reconocido por RENIEC y equivale a una partida peruana.
- En RENIEC, dentro del Perú. Si el nacimiento no se inscribió en el consulado y el menor fija su residencia en el Perú, puede inscribirse directamente en una oficina de RENIEC presentando la partida extranjera apostillada y traducida.
Un dato clave actualizado: gracias a la reforma de la Ley N.º 30738, se eliminó la antigua restricción de tener que inscribirse solo durante la minoría de edad. Hoy un hijo de peruano nacido en el extranjero puede inscribir su nacimiento con independencia de la edad que tenga. Aun así, conviene hacerlo cuanto antes para que el menor obtenga su DNI y ejerza sus derechos sin trabas.
Requisitos para registrar a un hijo de peruano nacido en el extranjero
Condiciones previas que debes considerar
- Al menos uno de los padres debe ser peruano por nacimiento. Quienes obtuvieron la nacionalidad por naturalización o residencia no pueden inscribir a sus hijos por esta vía consular.
- El registro puede solicitarlo el padre o la madre. Si no pueden (fallecimiento o incapacidad comprobada), lo tramitan familiares cercanos según el orden habitual: abuelos, hermanos mayores de edad, tíos consanguíneos o quien tenga la custodia.
- La transmisión de nacionalidad se admite hasta la tercera generación (nietos de peruano), mediante declaración jurada que lo precise.
- El menor no debe estar ya inscrito en otra oficina consular ni en el Perú.
- Los hijos adoptados en el extranjero por ciudadanos peruanos no son elegibles para esta inscripción consular; siguen otra vía.

Documentación requerida en el consulado
- Solicitud de inscripción y declaración jurada suscritas por el o los declarantes.
- Partida de nacimiento original emitida por la autoridad del país de nacimiento. Si proviene de un registro civil fuera de la jurisdicción consular, deberá estar apostillada (Convenio de La Haya) o legalizada según corresponda.
- Documento de identidad del progenitor peruano (DNI vigente). Si el otro padre es extranjero, copia de su documento de identidad o pasaporte.
- Documento que acredite que al menos uno de los padres es peruano por nacimiento (partida de nacimiento peruana o consular del progenitor).
- Una fotografía de la persona a inscribir para el registro consular.
- Declaración jurada que precise que se trata de hijo de peruano por nacimiento de no más de tercera generación.
Según el consulado pueden solicitarte documentación adicional, por ejemplo el acta de matrimonio de los padres (también apostillada o legalizada) si están casados. Confirma siempre la lista exacta en la web de tu consulado antes de acudir.
Documentación requerida en RENIEC (dentro del Perú)
Si el nacimiento no se inscribió en el consulado y el menor ya reside en el Perú, en RENIEC te pedirán:
- Acta de nacimiento original apostillada y traducida al español. La traducción oficial la realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores cuando el documento no está en español.
- DNI del padre o de la madre. Si son extranjeros, carné de extranjería o copia simple del pasaporte o cédula de identidad.
- Dos testigos mayores de edad con DNI vigente, sin multas electorales pendientes y que no hayan participado en otra inscripción.
Si en su momento no se inscribió y la persona ya es mayor de edad y no tiene partida peruana ni consular, puede requerir tramitar el derecho de opción de la nacionalidad ante la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior. Cuando el caso se asemeja a un registro tardío dentro del Perú, revisa también la inscripción extemporánea de la partida de nacimiento.
¿Cómo registrar a un hijo nacido en el extranjero? Paso a paso
Cada consulado tiene su propio sistema de citas, pero el procedimiento es muy parecido en todos. Tomamos como ejemplo el Consulado General del Perú en Buenos Aires:
- Reúne y prepara la documentación. Verifica que la partida extranjera esté apostillada cuando corresponda y, si aplica, traducida.
- Solicita cita con el consulado a través de su plataforma en línea. Elige Trámites Consulares > Registro Civil > Registro de nacimientos, y reserva día y hora.
- Acude a la oficina consular el día de la cita y presenta los documentos. Si todo está correcto, el trámite suele resolverse en una misma visita.
- Recibe la copia certificada de la partida de nacimiento peruana. La oficina consular la entrega de forma gratuita, por lo general el mismo día.
- Tramita el DNI del menor. Con la partida ya inscrita, tu hijo puede obtener su documento de identidad como cualquier peruano. Consulta cómo funciona el DNI electrónico y, más adelante, cómo hacer la consulta del estado del trámite del DNI.
Costes y plazos del registro
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Inscripción del nacimiento en el consulado | Gratuita |
| Copia certificada de la partida (consular) | Gratuita, por lo general el mismo día del trámite |
| Plazo para inscribir | En cualquier momento, sin límite de edad (Ley N.º 30738); se recomienda hacerlo pronto |
| Apostilla de la partida extranjera | Referencial / variable: la fija la autoridad del país emisor |
| Traducción oficial (si el documento no está en español) | Referencial / variable: la realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores |
| Tasas u otros conceptos en el consulado | Referencial / variable según cada consulado: confirma en su portal oficial |
Las cifras marcadas como referenciales pueden cambiar y varían por consulado o por país. Antes de iniciar el trámite, confirma los importes vigentes en el portal oficial de RENIEC (gob.pe) o de tu consulado.
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¿Dónde registro a mi hijo peruano nacido en el extranjero?
En el consulado del Perú más cercano (Registro Civil consular, reconocido por RENIEC). Si no se hizo allí y el menor ya reside en el Perú, puede inscribirse directamente en una oficina de RENIEC presentando la partida extranjera apostillada y traducida.
¿Qué documentos necesito para inscribir el nacimiento en el consulado?
Solicitud y declaración jurada, la partida de nacimiento del país (apostillada si proviene de fuera de la jurisdicción consular), el DNI del progenitor peruano, una fotografía del menor y una declaración jurada de que es hijo de peruano por nacimiento hasta la tercera generación.
¿Hay un plazo para registrar a mi hijo nacido en el extranjero?
No. Gracias a la Ley N.º 30738 se eliminó la restricción de la minoría de edad, así que la inscripción puede hacerse en cualquier momento, sin importar la edad. Aun así, conviene registrarlo pronto para que obtenga su DNI y ejerza sus derechos.
¿Necesito apostillar y traducir la partida de nacimiento extranjera?
La partida debe estar apostillada (Convenio de La Haya) cuando proviene de un registro civil fuera de la jurisdicción consular. Si el documento no está en español, en RENIEC se exige además su traducción oficial al español, que realiza el Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Cuánto cuesta registrar el nacimiento en el consulado?
La inscripción del nacimiento y la copia certificada de la partida son gratuitas en el consulado, por lo general el mismo día. Otros conceptos, como la apostilla o posibles tasas del consulado, son referenciales y varían por país: confírmalos en el portal oficial.
¿El registro le da la nacionalidad peruana y el DNI a mi hijo?
Sí. La nacionalidad se transmite por ius sanguinis al ser hijo de padre o madre peruano, pero se hace efectiva al inscribir el nacimiento. Con la partida ya inscrita, tu hijo puede tramitar su DNI como cualquier peruano.
Última actualización: 3 de julio de 2026
Revisado por: Mariana Torres Alvarado (redactora especializada en trámites peruanos)
Esta guía es orientativa y no sustituye la información oficial. Los requisitos, tasas y plazos pueden variar según el consulado y actualizarse en cualquier momento; confirma siempre los datos vigentes en RENIEC (gob.pe) o en tu consulado antes de iniciar el trámite.










